REHABILITA Madrid – Ayudas para rehabilitar las viviendas y edificios de todos los barrios para hacer un Madrid mejor

El Plan REHABILITA Madrid destina ayudas económicas para impulsar: políticas de acceso a vivienda, rehabilitación y regeneración de barrios dentro del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello bajo una visión de conjunto que llegue a toda la ciudad y de un especial impulso a la rehabilitación energética.

El Ayuntamiento de Madrid ha asumido el compromiso de sumarse a la Estrategia Nacional sobre Emergencia Climática a través del PNIEC (Plan Nacional Integrado de Energía y Clima) que pretende intervenir sobre la envolvente térmica de
1.200.000 viviendas en el decenio 2021-2030.

Subvención para mejorar la accesibilidad, realizar tareas de conservación, potenciar la eficiencia energética o mejorar la salubridad de sus viviendas y edificios, con una cuantía entre el 40 % y el 90% de las obras hasta un máximo de 10.000€ por vivienda 

Próxima convocatoria 2024 !!!

  • Personas físicas y jurídicas, propietarias de viviendas
  • Los beneficiarios serán las comunidades de propietarios o viviendas unifamiliares . Las ayudas se dirigen a todo el territorio municipal de Madrid.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:

  • Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas: las personas propietarias, arrendatarias, usufructuarias.
  • Persona que tenga reconocida la situación de dependencia y en su programa individual de atención figure como recurso el centro de día.
  • Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma.

REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES:

  • Actuaciones no iniciadas, con solicitud del título habilitante (declaración responsable urbanística, licencia urbanística u otro regulado en la legislación aplicable) cuando fuera necesaria.
  • Actuaciones en curso de ejecución en el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones, iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020, amparadas por el correspondiente título habilitante (declaración responsable urbanística, licencia urbanística u otro regulado en la legislación aplicable) cuando fuera necesaria.
  • Actuaciones ya finalizadas, siempre y cuando hubieran sido iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020, y se encuentren amparadas por el correspondiente título habilitante (declaración responsable urbanística, licencia urbanística u otro regulado en la legislación aplicable) cuando fuera necesaria.

Son objeto de subvención todas aquellas actuaciones relacionadas con:

  • Eficiencia Energética.
  • Conservación
  • Accesibilidad
  • Salubridad

ACCESIBILIDAD:

  • La instalación de nuevos ascensores, incluyendo las obras.
  • La instalación de otros dispositivos de mejora de la accesibilidad o la realización de otras obras con el mismo fin, tales como videoporteros, rampas, ampliación de cabinas de ascensor.

CONSERVACIÓN:

  • Las relativas al estado de conservación de los elementos integrantes de la estructura horizontal, vertical o cimentación, fachada o cubierta, siempre que incluyan mejora de eficiencia energética mediante aislamiento térmico.
  • Las relativas al buen funcionamiento de las instalaciones comunes de saneamiento, fontanería, climatización, electricidad, iluminación, telecomunicaciones, gas y recogida y separación de residuos, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

MEJORA ENERGÉTICA:

a. OBLIGATORIAS:

Las que impliquen una mejora en la calificación inicial del edificio de al menos una letra en el apartado de demanda energética anual global de calefacción o bien una reducción de ésta en al menos un 30% sobre la situación previa a dicha actuación, mediante la incorporación de medidas pasivas en la envolvente térmica del edificio (aislamiento de fachada, cubierta, carpintería exterior)

b. OPCIONALES CONDICIONADAS:

b.1. Instalación de sistemas o equipos de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria o ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.
b.2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación.
b.3. Mejora en los elementos comunes de las instalaciones hidráulicas del edificio.
b.4. Instalación de elementos que fomenten la movilidad sostenible en los servicios e instalaciones comunes de los edificios o urbanizaciones tales como la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos o adecuación de zonas e instalaciones de aparcamientos de bicicletas.
b.5. Aplicación de revestimientos, pinturas o pastas base, compuestas por esporas de musgo, al objeto de la absorción del CO2 del ambiente, así como revestimientos, pinturas o pastas base descontaminantes.
b.6. Instalación de contadores individuales en los edificios con sistemas de calefacción y refrigeración central, así como repartidores de costes de calefacción, válvulas termostáticas u otros mecanismos similares.

c. OPCIONALES NO CONDICIONADAS:

c.1. Instalación de azoteas verdes, cubiertas vegetales o huertos urbanos sobre cubiertas previamente aisladas, como elemento de mejora de la calidad del aire y reducir la captación de calor en verano, así como jardines verticales sobre paramentos previamente aislados.
c.2. Tejados solares, instalación de paneles fotovoltaicos, así como la instalación de cualquier sistema de generación o que permita la utilización de cualquier tecnología, equipo o sistema basado en el empleo de energías renovables, tanto para autoconsumo individual o colectivo como para almacenamiento.
c.3. La mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio mediante la inclusión de medidas pasivas en la envolvente térmica, de forma que tras la actuación practicada se consigan al menos los umbrales de la siguiente tabla homologables a la certificación PassivHaus.

SALUBRIDAD:

  • Las de sustitución del amianto por otros materiales.
  • Las que afecten a los elementos cuyo tratamiento permita reducir de forma efectiva en el interior de la edificación el promedio anual de concentración de radón.
  • La mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos en los espacios comunes de las edificaciones.
  • La insonorización o acondicionamiento acústico de los cuartos técnicos del edificio.

La gestión para la solicitud de las ayudas disponibles para el Plan REHABIITA se realiza de forma íntegra, incluso podemos llevar a cabo el “llave en mano” realizando también las obras/actuaciones necesarias. A modo de resumen:

  1. Asesoramiento al cliente durante todo el proceso.
  2. Recepción y revisión de la documentación que tiene que aportar el cliente hasta tener completo el expediente.
  3. Nos encargamos de toda la documentación técnica y certificados necesarios, según las actuaciones que se lleven a cabo.
  4. Presentar la solicitud de subvención en tiempo y forma

Puede consultar todos los detalles en la web: https://transforma.madrid.es/rehabilitacion/



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