La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ha convocado las subvenciones correspondientes al programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas , previstas en el Real Decreto 853/2021, Next-Generation-EU.
A este respecto, todos los propietarios o arrendatarios que habiten de forma habitual la vivienda, que tengan que cambiar la carpintería exterior, y siempre que suponga una mejora en eficiencia energética, podrán solicitar las ayudas aprobadas para ello.
¿Qué ayudas existen para el cambio de ventanas?
El programa financiará actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, rebajar el consumo de energía primaria no renovable un 30% o la sustitución de elementos constructivos de la fachada (envolvente térmica), como el cambio de ventanas.
Solo podrá presentarse una solicitud por vivienda, independientemente de que se incluyan en la misma varias actuaciones.
El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000€. Además, el coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
Además, podrá beneficiarse de las ventajas fiscales que existen para la rehabilitación energética de viviendas. Acceda a esta información AQUÍ
¿Qué se necesita para solicitar las subvenciones para cambiar las ventanas?
La información necesaria para poder solicitar las ayudas es bastante extensa:
- Datos del solicitante, NIF. En el caso de que el solicitante sea un agente o gestor de la rehabilitación, acuerdo del destinatario último de las ayudas que le faculte y autorice a actuar como tal.
- En su caso, datos del representante, NIF, así como la acreditación de la representación que ostenta.
- Autorización del propietario cuando el solicitante sea el inquilino
- Datos de la vivienda; nota simple actualizada y volante de empadronamiento del solicitante
- Proyecto de la actuación a realizar o memoria justificativa de la actuación.
- Certificado de eficiencia energética del edificio inicial y final, debidamente registrado en el registro correspondiente.
- Certificado de la instalación térmica, en su caso.
- Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales
- Si las obras están iniciadas, deberá indicarse en la memoria y en Declaración responsable. Si las obras no están iniciadas, Declaración Responsable de no haber iniciado las obras.
- Reportaje fotográfico inicial.
- Anexos que correspondan según programa, debidamente cumplimentados.
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión y fecha de inicio y fin de las obras.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda obtenido una vez realizadas las actuaciones, debidamente registrado.
- Documentación fotográfica de las obras ejecutadas.
- Justificantes de gasto y pago de la actuación llevada a cabo.
¿EuroEficiencia gestiona la solicitud de las ayudas para cambiar las ventanas?
Sí, EuroEficiencia, cómo Agente Rehabilitador, pone a disposición de cualquier cliente la posibilidad gestionar las ayudas disponibles para el cambio de ventanas. Nosotros nos encargamos de:
- Asesorarle de inicio a fin
- Estudiar su caso y confirmar la viabilidad
- Explicarle la documentación que nos tiene que aportar
- Enviarle los documentos necesarios
- Emitir las certificaciones energéticas necesarias.
- Emitir la memoria necesaria para la solicitud.
- Chequear que todo esté correcto
- Realizar la tramitación telemáticamente
- Realizar el oportuno seguimiento y subsanación si fuera necesaria.
- Garantizar el servicio. Le devolvemos su dinero si no consigue la subvención por causa imputable al Agente Rehabilitador
Conozca los detalles de estas ayudas en su comunidad autónoma, así como la forma de contratar los servicios para solicitarlas