Programa de Rehabilitación Energética de Edificios y viviendas unifamiliares, en Castilla la Mancha.

Orden 16/2025, de 4 febrero, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional,
en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.

En plazo desde el 12 de febrero de 2025 hasta agotamiento de fondos !!!

Las subvenciones oscilan entre el 60% y el 100 % sobre el total de la inversión.

  • Personas físicas y jurídicas, propietarias de viviendas unifamiliares o edificios de viviendas.
  • Comunidades de vecinos.
  • Sociedades cooperativas.
  • Empresas de servicios energéticos.

REQUISITOS DE LAS VIVIENDAS:

  • El edificio o vivienda unifamiliar debe estar construido antes del 2006.
  • Las actuaciones no deben haberse iniciado antes de realizar la solicitud de subvención.
  • El coste mínimo de la actuaciones en edificios, será de 200.000 €, excepto para viviendas unifamiliares acogidas a la Línea 3
  • Las viviendas colectivas que instalen aerotermia, fotovoltaica o geotermia, deberán instalar sistema de gestión y monitorización

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, las de mejora o rehabilitación de los elementos de la envolvente de edificios existentes de uso predominante residencial colectivo radicados en Castilla-La Mancha, siempre que se obtenga al menos una reducción de al menos un 40% en el indicador de energía primaria no renovable referida a la certificación energética.

Por ejemplo:

  • Aislamiento de fachada (sate, insuflado, etc..)
  • sustitución de carpintería exterior.
  • Aislamiento de cubierta

Subvenciones Línea 1:

  • 60 % del coste hasta 8.100 €/ vivienda consiguiendo un ahorro energético entre el 40% y el 50%.
  • 70 % del coste hasta 8.100 €/ vivienda consiguiendo un ahorro energético superior al 50%.
  • Situación de vulnerabilidad: Las ayudas se incrementan en un + 20%, y hasta en un + 4.550 € / vivienda.
  • Actuaciones integradas: Integrando varías líneas de actuaciones los porcentajes anteriores se incrementan en otro + 10 %

Cómo resumen, bajo la línea 1, la subvención oscilará entre un 60% hasta un 90% y entre 8.100 € hasta 22.500 € por vivienda

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, las de incorporación de energía renovable en
edificios de uso residencial colectivo en las siguientes sublíneas:

Sublínea 2.1:

  • Instalaciones térmicas por Biomosa.
  • Para integrarse con Línea 1 deberá:
    • Reducir por si sola un 30% la energía primaria no renovable.
    • Reducir por si sola un 45% las emisiones de CO2

Sublínea 2.2:

  • Instalaciones de aerotermia/geotermia.
  • Para integrarse con Línea 1 deberá reducir por si sola un 30% la energía primaria no renovable.
  • La instalación deberá tener un coeficiente estacional (SCOP) igual o superior al 3,5.

Sublínea 2.3:

  • Instalaciones de energía solar (fotovoltaica, térmica solar híbrida).
  • La potencia máxima subvencionable será de 3KW por vivienda
  • Para integrarse con Línea 1 deberá instalar una potencia pico por vivienda de al menos 1,0kW
  • La instalación deberá tener un coeficiente estacional (SCOP) igual o superior al 3,5.

Subvenciones Línea 2:

Rehabilitación integral de edificios de uso residencial colectivo y viviendas unifamiliares de consumo
energético mínimo, de edificios de uso residencial colectivo y viviendas unifamiliares y que, en ambos supuestos, cumplan al menos una de las siguientes opciones:

Opción 1:

  • Actuaciones que cumplan con los siguientes requisitos en relación con las transmitancias máximas Ulim, [W/m²K] de todos los elementos de la envolvente térmica en función de la zona climática:

Opción 2:

  • Alcanzar las letras A o B en la calificación energética respecto a la demanda de calefacción/refrigeración

En cualquiera de las opciones, en referencia a la ventilación, se deberá contar con un índice de recuperación de calor mínimo del 70% y, además, se deberá obtener una reducción de al menos un 60% en el indicador de energía primaria no renovable referida a la certificación energética.

Además, el importe de la ayuda se verá incrementada en un 20% tanto del porcentaje máximo como en la cuantía máxima de la ayuda, en el caso de actuaciones situadas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación según lo especificado en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en
Castilla-La Mancha.

En ningún caso la intensidad de la ayuda podrá superar el 100%.

Costes subvencionables:

  • Los costes en inversiones efectuadas vinculadas a las actuaciones de eficiencia energética y su coste no supera el valor de mercado.
  • Los costes de redacción de proyectos, direcciones de obra, coordinación de seguridad y salud informes técnicos y certificados, con los límites aplicados en las Bases.
  • Los costes indirectos derivados de la tramitación administrativa de la actuación y de la solicitud de la subvención, con el límite de 4% del coste subvencionable.

Costes NO subvencionables:

  • Licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA podrá ser subvencionable siempre que no sea recuperable.
  • Las inversiones en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
  • ANEXO : Solicitud de ayuda.
  • Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses y DNSH
  • Nota simple o certificado catastral que acredite la propiedad del inmueble.
  • Certificado de eficiencia energética del estado inicial con las medidas de mejora propuestas o con certificado de eficiencia energético final.
  • Proyecto o memoria justificativa. La memoria justificativa incluirá, entre otros: Justificación de la necesidad de actuación; tipologías de actuación; justificación del cumplimiento del DB-HE; un estudio de gestión de residuos; descripción del estado actual del inmueble previo a su rehabilitación; documentación gráfica y planos; presupuesto de actuación detallado por partidas de mano de obra; Declaración responsable de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.
  • Reportaje fotográfico del estado original y final
  • Presupuestos de las empresas que realizarán las actuaciones. De fecha posterior a la entrada en vigor del programa. Será necesario presentar 3 presupuestos cuando la cuantía subvencionable supere los 40.000 euros.
  • Plan de residuos y posterior certificado por empresa competente
  • Licencia o autorizaciones municipales.
  • Otros Anexos

El abono de las subvenciones se efectuará mediante un pago único, que se ingresará en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria, previa justificación de haber realizado la actividad subvencionada y el pago de la misma, en el plazo y en los términos fijados en la resolución de concesión.

Las personas beneficiarias podrán solicitar, en la solicitud de la subvención, el pago anticipado de hasta el 25 % de la cuantía de la ayuda que se le reconozca, previas garantías aportadas para ello.

La gestión para la solicitud de las ayudas disponibles para el Programa Feder para la Rehabilitación de edificios y viviendas unifamiliares se realiza de forma íntegra, incluso podemos llevar a cabo el “llave en mano” realizando también las obras necesarias. A modo de resumen:

  1. Asesoramiento al cliente durante todo el proceso.
  2. Recepción y revisión de la documentación que tiene que aportar el cliente hasta tener completo el expediente.
  3. Nos encargamos de todas las certificaciones energéticas necesarias (inicial prevista y final). Esto requiere de la visita presencial de un certificador energético a la vivienda. Además, las certificaciones deberán ser registradas debidamente en tiempo y forma.
  4. Realizaremos el reportaje fotográfico.
  5. Realizaremos la memoria técnica de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones normativas exigidas, estado de las obras, gestión de residuos, DNSH y DR Circularidad
  6. Una vez recibida la documentación que debe entregar el cliente, nos comprometemos a tramitar la solicitud en menos de 30 días.


Puede consultar todos los detalles en la web de la JCCM: https://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2025/02/11/pdf/2025_831.pdf&tipo=rutaDocm




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