Ampliación de las deducciones por actuaciones energéticas en viviendas durante el 2024

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Deducciones IRPF por mejora de la eficiencia energética en viviendas. Todo ello con motivo de la ampliación por un año más de la vigencia del RDL 19/2021 que las regula. 

Si ha realizado, o realizará, alguna mejora energética, y tendrá que presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023, la siguiente información le será muy útil.

La Comisión Europea aprobó el pasado 2 de octubre la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español que, entre sus novedades, destaca la prórroga hasta final de 2024 de estas deducciones. Una prórroga que se razona porque éstas apenas se han aprovechado, probablemente por desconocimiento o por los altos precios de los materiales. 

Existen tres posibilidades de deducciones según las actuaciones realizadas y la mejora energética conseguida:

1.- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual.

Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2023 y se extiende a todas las obras realizadas antes del 31 de diciembre de 2024, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7 por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. En todo caso, el certificado energético posterior deberá tener fecha máxima el día 01 de enero de 2025.
El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

DEDUCCIÓN MÁXIMA DE 1.000 €

Instrucciones para la deducción en IRPF AQUÍ


2.- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual.

Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2023 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024, debiendo tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. En todo caso, el certificado energético posterior deberá tener fecha máxima el día 01 de enero de 2025.
El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

DEDUCCIÓN MÁXIMA DE 3.000 €

Instrucciones para la deducción en IRPF AQUÍ


3.- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales.

Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. En todo caso, el certificado energético posterior deberá tener fecha máxima el día 01 de enero de 2026.
El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

Instrucciones para la deducción en IRPF AQUÍ


De esta forma, con esta ampliación se siguen estableciendo instrumentos clave para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Ministerio en favor de la rehabilitación residencial, al servicio del ejercicio del derecho constitucional, sumándose al conjunto de actuaciones ya en curso, en el contexto de la oportunidad de la aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.